No estás obligado a Verifactu si cumples al menos una de estas condiciones: facturas exclusivamente a mano, estás en el SII (Suministro Inmediato de Información del IVA), tienes el domicilio fiscal en territorio foral del País Vasco o Navarra, o tienes una resolución de la AEAT que te exime. Es lo que la Agencia Tributaria llama la “regla de los 4 NO”: quien no cumple ninguna de esas cuatro, y factura con programa, está dentro. Además, hay operaciones y personas que quedan fuera por otras vías, como los arrendadores particulares o las operaciones que no requieren factura.

Las cuatro exclusiones principales

Si dudas entre sistemas, tienes la comparativa en Verifactu, SII, TicketBAI o Navarra: qué sistema te toca.

Otros casos que quedan fuera (o casi)

Arrendadores particulares

Según la AEAT, quien alquila inmuebles como persona física sin un empleado a jornada completa no realiza una actividad económica a estos efectos, así que no está obligado. Un apartamento turístico con servicios propios de la hostelería sí entra. Lo desarrollamos en Verifactu y alquileres.

Operaciones que no requieren factura

Las operaciones para las que el Reglamento de facturación no exige factura quedan fuera. También las exentas que el artículo 3.1.a) de ese reglamento libera de facturar, salvo en los supuestos en que sí hay que hacerlo. Si en esos casos emites factura con un programa, el programa debe cumplir.

Recargo de equivalencia, régimen agrario y régimen simplificado (módulos)

Estos regímenes no obligan con carácter general a expedir factura. Pero sí entran si emites facturas obligatorias (por ejemplo, cuando el cliente es empresario o en entregas de inmuebles) con un programa, o si usas un programa para facturas voluntarias. Para esas facturas puntuales puede usarse la aplicación gratuita de la AEAT.

Cajas registradoras que no emiten facturas

Una caja que emite justificantes que no son facturas (fuera de los supuestos en que hay que dar factura) no está sujeta. Lo matizamos en caja registradora y Verifactu.

Hojas de cálculo usadas como “papel”

Excel o Word usados solo para rellenar, imprimir y guardar no son sistemas de facturación. Ver facturar con Excel o Word.

Casos que sí están dentro aunque parezca que no

  • Sociedades patrimoniales: todas las sociedades del Impuesto sobre Sociedades están incluidas, sea cual sea su actividad.
  • Farmacias en recargo de equivalencia que determinan su rendimiento por estimación directa: incluidas, según la AEAT.
  • Tiendas online: incluidas.
  • Facturas a clientes extranjeros: incluidas si el emisor reside en España.
  • Canarias, Ceuta y Melilla: incluidas (con el IGIC o el IPSI en lugar del IVA).
  • Si tu asesor emite tus facturas con su programa: el asesor debe cumplir, pero tú sigues siendo responsable de tus facturas.
  • Ejemplo: tres consultas habituales (hipotéticas)

    Cuándo no te conviene acogerte a una exclusión

  • Volver al talonario solo para evitar Verifactu suele ser un mal negocio: en octubre de 2028 llega la factura electrónica obligatoria entre empresas (Orden HAC/1028/2026) y el papel no la cumple. Ver factura electrónica para autónomos.
  • Darse de alta voluntaria en el SII implica enviar los libros de IVA en plazos muy cortos: es más exigente que Verifactu.
  • Preguntas frecuentes

    Si tengo domicilio en Bilbao pero tributo por normativa común, ¿qué aplico?

    La AEAT vincula la exclusión a tributar por normativa foral en el impuesto directo según el Concierto Económico. Si tu caso es mixto, consulta con un asesor.

    Si dejo de estar en el SII, ¿entro en Verifactu?

    Sí, desde ese momento, con las obligaciones generales.

    ¿Los autónomos en módulos tienen que comprar un programa?

    No necesariamente: solo si emiten facturas con un sistema informático.

    Casos dudosos frecuentes

    Antes de concluir que estás fuera, comprueba

    1. Que no usas ningún programa para ninguna factura (tampoco una app del móvil).
    2. Que tu situación es estable: si superas el umbral del SII o te mudas a territorio común, el régimen cambia.
    3. Que no emites tickets con una caja que genere facturas simplificadas. Ver caja registradora y Verifactu.
    4. Ejemplo: autónomo que cree estar excluido (hipotético)

      Un electricista factura a mano en talonario, pero desde hace un año hace los presupuestos y algunas facturas urgentes con una app del móvil. Esa combinación no está admitida: o vuelve al talonario para todas o pasa todas a un sistema adaptado. Elige la app (si tiene declaración responsable) y deja el talonario. Ver electricistas y fontaneros.

      Qué hacer ahora

      Si, tras la regla de los 4 no, estás dentro, el siguiente paso es revisar tu fecha en el calendario de Verifactu. Si estás fuera, guarda este artículo: el ámbito puede cambiar cuando Hacienda alinee Verifactu con la factura electrónica. Visión general: qué es Verifactu.

      Fuentes

      • AEAT, preguntas frecuentes, cuestiones generales: ámbitos de aplicación: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/iva/sistemas-informaticos-facturacion-verifactu/preguntas-frecuentes/cuestiones-generales-ambitos-aplicacion.html (consultado el 21/10/2026)
      • Real Decreto 1619/2012, Reglamento de facturación (BOE): https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2012-14696 (consultado el 21/10/2026)

      • Este artículo es información general y no sustituye el asesoramiento fiscal o legal personalizado: para tu caso concreto, consulta con tu gestor o asesor. Última revisión: 21 de octubre de 2026. Si ves un error o un dato desactualizado, escríbenos desde la página de contacto.


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