Las reglas básicas de la factura son las mismas para todos (Reglamento de facturación), pero tres cosas cambian según tu profesión: el IVA (21 %, 10 %, exento o no sujeto si el cliente está fuera), la retención de IRPF (15 % o 7 % en los primeros años para profesionales; 1 % para algunas actividades en módulos; ninguna para muchas actividades empresariales o si el cliente es particular) y el tipo de factura (completa o ticket). Además, Verifactu te afecta si emites facturas con un programa, y la factura electrónica entre empresas será obligatoria desde octubre de 2028. Esta guía resume cada sector y enlaza a su ficha.
Información general. Tu caso concreto (epígrafe del IAE, régimen, clientes) puede cambiar la respuesta; confírmalo con tu asesor.
Tabla resumen por sectores
Las tres preguntas que resuelven casi todo
1. ¿Mi cliente es empresa o particular?
- Empresa o autónomo: factura completa; si eres profesional, retención (15 % o 7 %). Desde octubre de 2028, factura electrónica.
- Particular: sin retención; puede bastar factura simplificada si tu actividad lo permite.
- España: IVA español.
- Empresa de otro país de la UE: en general, servicios con inversión del sujeto pasivo (sin IVA español), alta en el ROI y modelo 349.
- Empresa fuera de la UE: en general, operación no sujeta al IVA español.
- Particular extranjero: las reglas varían según el servicio; consúltalo.
- Si combinas varias actividades con regímenes distintos.
- Si estás en el SII, País Vasco o Navarra.
- Si vendes bienes a otros países (las reglas de entregas de bienes son distintas).
- Aplicar retención a un particular.
- Seguir con el 7 % después del tercer año (año de inicio + dos siguientes).
- Poner IVA español a una empresa de otro país de la UE sin comprobar.
- Retención a quien no corresponde (particulares, clientes extranjeros).
- IVA reducido sin cumplir requisitos (el 10 % en reformas es el caso típico).
- Exención aplicada a servicios que no la tienen (por ejemplo, talleres sin finalidad sanitaria).
- Editar facturas emitidas en lugar de rectificarlas, que con Verifactu deja de ser posible. Ver factura rectificativa.
- Ley 37/1992 del IVA, arts. 20, 69, 84 y 91: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-28740 (consultado el 21/10/2026)
- Ley 35/2006 del IRPF, art. 101.5 (retenciones del 15 %, 7 % y 1 %): https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-20764 (consultado el 21/10/2026)
- Real Decreto 1619/2012, Reglamento de facturación: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2012-14696 (consultado el 21/10/2026)
- INEAF, actividades en estimación objetiva con retención del 1 % (fuente secundaria): https://www.ineaf.es/tribuna/exclusion-regimen-estimacion-objetiva/ (consultado el 21/10/2026)
2. ¿Dónde está mi cliente?
3. ¿Mi actividad es profesional o empresarial?
La retención del 15 % se aplica a actividades profesionales (las de las secciones de profesionales del IAE, como traductores, diseñadores o psicólogos). Muchas actividades empresariales no llevan retención, salvo la del 1 % para algunas en módulos (como transporte de mercancías, mudanzas, albañilería, instalaciones y fontanería, carpintería) cuando el cliente es empresario.
Ejemplo: la misma factura en tres perfiles (hipotético)
Servicio de 1.000 € a una empresa española:
Cálculo: 1.000 + 210 − 70 = 1.140; 1.000 + 210 − 150 = 1.060; 1.000 + 210 − 10 = 1.200.
Verifactu en todos los sectores
Si emites facturas con un programa, app o TPV, a partir de tu fecha (vigente: 1/1/2027 sociedades, 1/7/2027 resto; aplazamiento a octubre de 2028 anunciado, pendiente de BOE) el sistema debe estar adaptado. Ver qué es Verifactu.
Cuándo no te sirve esta tabla
Errores frecuentes
Preguntas frecuentes
¿Cuándo puedo aplicar el 7 %?
En el año de inicio de la actividad profesional y los dos siguientes, comunicándoselo al cliente, si no ejerciste actividad profesional en el año anterior al inicio.
¿Las facturas exentas también llevan QR?
Si las emites con un sistema de facturación, sí: el QR depende del sistema, no del IVA.
¿Dónde compruebo el IVA de mi servicio?
En la Ley del IVA y, para dudas concretas, en las consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos o con tu asesor.
Checklist de factura por perfil
Cuatro errores que se repiten en todos los sectores
Herramientas según el sector
Ejemplo: autónomo con dos actividades (hipotético)
Carlos es fisioterapeuta (servicios exentos) y además vende material deportivo online (21 % de IVA). En la misma factura no mezcla conceptos sin desglosar: emite facturas separadas o desglosa claramente cada concepto con su tratamiento. Su programa le permite dos series y dos plantillas. Como tiene operaciones exentas y sujetas, su asesor le calcula la prorrata del IVA soportado. Ver facturas de fisioterapeuta y tienda online y Verifactu.
Qué hacer ahora
Busca tu sector en la tabla, abre su ficha y revisa tu última factura con ella.
Fuentes
Este artículo es información general y no sustituye el asesoramiento fiscal o legal personalizado: para tu caso concreto, consulta con tu gestor o asesor. Última revisión: 21 de octubre de 2026. Si ves un error o un dato desactualizado, escríbenos desde la página de contacto.

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